Cambios Clave en la Clasificación y Tratamiento de Bienes Importados

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) continúa ajustando el marco normativo para facilitar el comercio y garantizar la legalidad en las operaciones aduaneras. En esta edición destacamos:

  • Bienes de la partida 87.11: Excepto motocicletas eléctricas y ciclomotores, no califican para la tarifa del 5% de IVA. Si no están excluidos, aplicará la tarifa general del 19%.
  • Productos químicos específicos: A pesar de no contener sustancias controladas por el Protocolo de Montreal, algunos productos requieren autorización previa demostrada mediante fichas técnicas.
  • Importación de barras de hierro y acero corrugadas: Un nuevo contingente anual de 29,529.03 toneladas se impone con beneficios arancelarios para ciertos países de la Comunidad Andina.

Estos cambios subrayan la importancia de mantenerse informado para evitar sanciones y optimizar costos. Consulta los detalles en los documentos oficiales proporcionados.

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